MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL CIUDADANOS FUENLABRADA RELATIVA A LA ELABORACIÓN, PUESTA EN MARCHA Y SEGUIMIENTO DE LOS PLANES DE EMERGENCIA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en su Artículo 20, sobre medidas de emergencia, establece que el empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento.
Un Plan de emergencia permitirá dar respuesta, de manera ordenada y eficaz, a las potenciales situaciones que se pudieran ocasionar en función de los riesgos que se detecten, involucrando a todo el Ayuntamiento, empleados, cargos políticos y al público en general. Entre las ventajas para el Consistorio, cabe destacar:
- Evitar o minimizar las lesiones y pérdidas que se puedan causar a ocupantes y usuarios.
- Evitar o minimizar los daños que se puedan causar al ambiente y a las instalaciones.
- Evitar o minimizar los perjuicios que se puedan causar a la comunidad como consecuencia de la interrupción de actividades y servicios.
- Contener y controlar las emergencias con objeto de poder restablecer la prestación de servicios.
- Evitar o minimizar las pérdidas económicas.
Para conseguir estas metas el Plan de Emergencia debería, al menos:
- Identificar las amenazas que pueden darse, tales como incendio y explosión, inundaciones, terremotos, vandalismo, desplome estructural, entre otros.
- Analizar la vulnerabilidad.
- Inventariar los recursos
- Disponer los medios adecuados necesarios para hacer frente a las situaciones de emergencia.
Todo ello debe realizarse por el Comité de Seguridad y Salud responsable de designar al personal competente en colaboración con los servicios técnicos del Ayuntamiento y los representantes de los trabajadores. En base a lo expuesto, el Grupo Municipal Ciudadanos Fuenlabrada eleva al Pleno para su debate y aprobación los siguientes
ACUERDOS
Instar a la Junta de Gobierno local del Ayuntamiento de Fuenlabrada a:
1-. Analizar las posibles situaciones de emergencia que puedan presentarse en todos y cada uno de los edificios e instalaciones municipales.
2-. Elaborar los Planes de Emergencias para el Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos donde no se disponga de los mismos o bien actualizar los existentes para dar cumplimiento a la ley:
- Dando cuenta del plan de actuación en caso de emergencia, recogiendo la organización de la respuesta a situaciones de emergencia clasificadas, las medidas de intervención y procedimientos de actuación.
- Dar respuesta a las posibles emergencias garantizando la alarma, evacuación y socorro en cada situación.
- Todo ello en un plazo máximo de tres meses desde la aprobación de esta moción.
3-. Asignar los recursos económicos y materiales necesarios para poner en marcha los Planes de Emergencia.
4-. Establecer el programa de Revisiones y actualización de los Planes de Emergencia donde se incluya el registro de simulacros, mantenimiento de instalaciones de protección contra incendios y registro del Plan de Autoprotección.
5-. Cumplir con el principio de informar y consultar, dando a conocer dicho Plan a todos los trabajadores.