MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL CIUDADANOS FUENLABRADA RELATIVA A LA ELABORACIÓN, PUESTA EN MARCHA Y SEGUIMIENTO DE LOS PLANES DE EMERGENCIA

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en su Artículo 20, sobre medidas de emergencia, establece que el empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento.

Un Plan de emergencia permitirá dar respuesta, de manera ordenada y eficaz, a las potenciales situaciones que se pudieran ocasionar en función de los riesgos que se detecten, involucrando a todo el Ayuntamiento, empleados, cargos políticos y al público en general. Entre las ventajas para el Consistorio, cabe destacar:

  • Evitar o minimizar las lesiones y pérdidas que se puedan causar a ocupantes y usuarios.
  • Evitar o minimizar los daños que se puedan causar al ambiente y a las instalaciones.
  • Evitar o minimizar los perjuicios que se puedan causar a la comunidad como consecuencia de la interrupción de actividades y servicios.
  • Contener y controlar las emergencias con objeto de poder restablecer la prestación de servicios.
  • Evitar o minimizar las pérdidas económicas.

 

Para conseguir estas metas el Plan de Emergencia debería, al menos:

  • Identificar las amenazas que pueden darse, tales como incendio y explosión, inundaciones, terremotos, vandalismo, desplome estructural, entre otros.
  • Analizar la vulnerabilidad.
  • Inventariar los recursos
  • Disponer los medios adecuados necesarios para hacer frente a las situaciones de emergencia.

Todo ello debe realizarse por el Comité de Seguridad y Salud responsable de designar al personal competente en colaboración con los servicios técnicos del Ayuntamiento y los representantes de los trabajadores. En base a lo expuesto, el Grupo Municipal Ciudadanos Fuenlabrada eleva al Pleno para su debate y aprobación los siguientes

 

ACUERDOS

 

Instar a la Junta de Gobierno local del Ayuntamiento de Fuenlabrada a:

1-. Analizar las posibles situaciones de emergencia que puedan presentarse en todos y cada uno de los edificios e instalaciones municipales.

2-. Elaborar los Planes de Emergencias para el Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos donde no se disponga de los mismos o bien actualizar los existentes para dar cumplimiento a la ley: 

  • Dando cuenta del plan de actuación en caso de emergencia, recogiendo la organización de la respuesta a situaciones de emergencia clasificadas, las medidas de intervención y procedimientos de actuación.
  • Dar respuesta a las posibles emergencias garantizando la alarma, evacuación y socorro en cada situación.
  • Todo ello en un plazo máximo de tres meses desde la aprobación de esta moción.

3-. Asignar los recursos económicos y materiales necesarios para poner en marcha los Planes de Emergencia.

4-. Establecer el programa de Revisiones y actualización de los Planes de Emergencia donde se incluya el registro de simulacros, mantenimiento de instalaciones de protección contra incendios y registro del Plan de Autoprotección.

5-. Cumplir con el principio de informar y consultar, dando a conocer dicho Plan a todos los trabajadores.