MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL CIUDADANOS EN RELACIÓN A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El artículo 40.2 de la Constitución Española encomienda a los poderes públicos, como uno de los principios rectores de la política social y económica, velar por la seguridad e higiene en el trabajo. Este mandato constitucional conlleva la necesidad de desarrollar una política de protección de la salud de los trabajadores mediante la prevención de los riesgos derivados de su trabajo y encuentra en la presente LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. su pilar fundamental Dicha Ley tiene por objeto la determinación del cuerpo básico de garantías y responsabilidades necesarias para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo, y ello en el marco de una política coherente, coordinada y eficaz de prevención de los riesgos laborales.

La protección del trabajador frente a los riesgos laborales exige una actuación  y asunción de responsabilidades e implicación por parte del empresario, que desborda el mero cumplimiento formal de un conjunto predeterminado, más o menos amplio, de deberes y obligaciones empresariales y, más aún, la simple corrección a posteriori de situaciones de riesgo ya manifestadas. La planificación de la prevención desde el momento mismo del diseño del proyecto empresarial, la evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo y su actualización periódica a medida que se alteren las circunstancias, la ordenación de un conjunto coherente y globalizador de medidas de acción preventiva adecuadas a la naturaleza de los riesgos detectados y el control de la efectividad de dichas medidas constituyen los elementos básicos del nuevo enfoque en la prevención de riesgos laborales que la Ley plantea.

Junto a ello, está, la información y la formación de los trabajadores dirigidas a un mejor conocimiento tanto del alcance real de los riesgos derivados del trabajo como de la forma de prevenirlos y evitarlos, de manera adaptada a las peculiaridades de cada centro de trabajo, a las características de las personas que en él desarrollan su prestación laboral y a la actividad concreta que realizan.

Aunque sabemos que este Ayuntamiento tiene regulado en su Título VII (Seguridad y salud laboral y prevención de riesgos), dentro de Normas reguladoras de las condiciones comunes de los empleados públicos del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus OOAA (BOCAM nº 293 de 10/12/2011), aborda en el mismo todo lo que la Ley de PRL obliga y va más allá, desarrollando instrumentos de acción municipal dedicados de manera expresa a mejorar la prevención en éstos a sus trabajadores y OOAA. Pero parece que solo queda en eso; describir en un texto y no desarrollar las acciones encaminadas a conseguir la consecución de una política de prevención efectiva, tal y como desarrollan en dicho texto. El Grupo Municipal de C´s lleva más de 4 meses solicitando a este Ayuntamiento de manera, formal e informal, documentación relacionada con la planificación de la prevención, así como los índices de accidentalidad y otros documentos de obligado cumplimiento, no obteniendo  ninguna respuesta. Por lo que nos vemos obligados a presentar esta moción con el objeto de poner de manifiesto que en estos momentos no se cumple de manera exhaustiva con  la Ley de Prevención de Riesgos Labores, encontrando deficiencias en el plan de acción que en muchos puntos fundamentales aún no se han planificado ni desarrollado.

Por todo lo expuesto anteriormente el Grupo de Ciudadanos Fuenlabrada presenta al Pleno para que  inste a la Junta de Gobierno Local, los siguientes

ACUERDOS

1-. Resolver de manera inmediata las siguientes cuestiones relacionadas con el cumplimiento de la Ley de PRL y que no cumple con los principales principios de la acción preventiva (desarrollados en al art. 15 de la Ley):

  • Integración de la prevención de manera efectiva en el Ayuntamiento
  • Planificación de la Prevención tanto en el Ayuntamiento como en sus OOAA.
  • Cumplir con el principio de informar y consultar
  • Desarrollo de los Planes de Emergencias tanto del Ayuntamiento como de cada uno de sus OOAA
  • Trasparencia en el cumplimiento de la LPR

2-. Facilitar a todos los trabajadores del Ayuntamiento y de sus OOAA, a través del Portal del Empleado la información necesaria con PRL.