MOCIÓN DE CIUDADANOS FUENLABRADA RELATIVA A LA NECESIDAD DE GESTIONAR LOS RESIDUOS URBANOS ABANDONADOS EN ESPACIOS PÚBLICOS Y DIFUNDIR INFORMACIÓN SOBRE SU ENTREGA Y RECOGIDA CORRECTA ASÍ COMO LAS SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley 5/2003 de 20 de marzo relativa a los Residuos de la Comunidad de Madrid recorre en diversos capítulos y artículos una idea que, susceptible de matices, es clara: las Entidades Locales poseen competencias y obligaciones en materia de gestión y eliminación de residuos. Si bien este Gobierno presentó el pasado mes de octubre de 2016 una moción que instaba a la Comunidad de Madrid a elaborar una Estrategia de eliminación de residuos que incluyera a todos los actores, la realidad es que mientras dichos puntos en común llegan la ley anteriormente citada deja claro en su Cap. II Art. 5 que “las Entidades Locales serán competentes para la gestión de los residuos urbanos o municipales”. En particular, continúa el texto, les corresponde “la prestación de los servicios públicos de recogida, transporte y, al menos, eliminación de los residuos urbanos o municipales” además de, “ya sean peligrosos o no, los abandonados en vías o espacios públicos de titularidad municipal”.

De igual modo, aboga por “la vigilancia, inspección y sanción en el ámbito de sus competencias”, contemplando incluso la posibilidad de dispensar a un municipio de dichas obligaciones siempre y cuando les resulte imposible o muy difícil su cumplimiento. Llegados a este punto, queremos pensar que este Ayuntamiento sí es capaz de satisfacer al menos las demandas expuestas y es, por tanto, su deber incrementar los controles y la vigilancia así como imponer las sanciones correspondientes a aquellos que, como ciudadanos, desobedecen este mismo texto legislativo, que en su  Cap. II Art. 28 establece que todo poseedor de residuos urbanos está obligado a entregarlos a las entidades locales en las formas y condiciones que determine la Ordenanza aplicable. Contextualizado el marco legislativo, la presente moción persigue evitar la repetición de casos como los expuestos en las fotografías anexas así como eliminar del paisaje los residuos ya existentes, que ensucian en las dimensiones literal y retórica la imagen de un municipio que ya ha recibido demasiadas críticas por cuestiones de higiene y limpieza. Para ello, además de emplear los necesarios recursos materiales y humanos para la retirada de los vertidos es prioritaria una labor de concienciación a través de campañas de difusión que recuerden los procedimientos de gestión adecuados para según qué tipo de residuos y las sanciones a las que se enfrentan los vecinos en caso de incumplimiento.

Sin perjuicio, por tanto, del espíritu de la moción del pasado mes de octubre de 2016 y en virtud de lo dispuesto por la mencionada ley que recuerda que las Entidades Locales pueden aprobar dentro de sus competencias sus propios Planes en materia de residuos, el Grupo Municipal Ciudadanos Fuenlabrada traslada al Pleno para su debate y aprobación los siguientes

ACUERDOS

 

Instar al equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Fuenlabrada a:

1-. La retirada inmediata de los residuos urbanos abandonados incluidos en la presente moción así como la exploración de otros caminos, veredas y espacios de titularidad municipal con el fin de erradicar los residuos urbanos abandonados existentes.

2-. Lanzar una campaña de concienciación y difusión a través de los canales de Comunicación utilizados por el Consistorio sobre la gestión adecuada de todo tipo de residuos urbanos que incluya el tratamiento de los mismos en función de su tipología e información sobre los lugares de entrega a las Entidades Locales así como las sanciones en caso de gestión inadecuada.

3-. Aumentar la vigilancia y el control de la gestión adecuada de los residuos urbanos por parte de los vecinos requiriendo cuanta información exige la Ley 5/2003 sobre Residuos de la Comunidad de Madrid en su Capítulo II Artículo 28,  imponiendo las sanciones correspondientes.