MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL CIUDADANOS FUENLABRADA RELATIVA A LA CREACIÓN DE UN DIRECTORIO DE EMPRESAS LOCALES A LOS QUE INFORMAR DE TODOS LOS CONTRATOS MENORES QUE SE VAYAN A FORMALIZAR DESDE EL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

 

                                                EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con la entrada en vigor de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP), se ha incidido en la regulación de los contratos del sector público, a fin de garantizar que se ajusten a los principios de libertad de acceso a la licitaciones, publicidad y transparencia en los procedimientos, no discriminación e igualdad de trato entre licitadores e Igualmente se facilitará el acceso a la contratación pública de las pequeñas y medianas empresas, así como de las empresas de economía social, entre otras muchas cosas.

El artículo 118 de la LCSP regula el Expediente de contratación para los contratos menores. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios.

En lo que a transparencia e integridad supone, esta ley es un importante avance respecto a la normativa anterior. Implementa medidas anticorrupción como aumentar la transparencia mediante la publicación de información de los contratos de todo el sector público.

En cuanto a la transparencia, el art. 118 analizado concluye con una remisión, señalando que “los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4”, el cual dispone que la publicación en el Perfil de contratante de la información relativa a los contratos menores deberá realizarse al menos trimestralmente. La información para publicar en este tipo de contratos será, al menos, su objeto, duración, el importe de adjudicación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, y la identidad del adjudicatario, ordenándose los contratos por la identidad del adjudicatario.

 

Ahora bien, el problema se plantea en el artículo 131 (“procedimiento de adjudicación”), en el que se establece en su epígrafe 3º que “Los contratos menores podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, cumpliendo con las normas establecidas en el artículo 118”.

 

 

La contratación pública de obras, bienes, servicios y suministros supone un importantísimo impacto económico en pueblos y ciudades, además genera empleo y oportunidades empresariales, por lo que entendemos que como administración pública hemos de favorecer que las oportunidades de empleabilidad se repartan de forma lo más equitativa posible.

Desde Ciudadanos entendemos que hemos de potenciar el principio de igualdad de oportunidades entre posibles licitadores y fomentar el acceso a las pequeñas empresas y medianas empresas del municipio.

Por ello proponemos se cree un directorio de empresas locales, que consistirá en crear un registro en el cual constarán las empresas de Fuenlabrada que lo soliciten: con su nombre, emplazamiento y actividad a la que se dedican, orientado a cubrir las necesidades de contratación que puedan surgir. De esta forma cuando el Ayuntamiento tenga la necesidad de realizar un contrato menor ya sea de obras, servicios o suministro, lo pondrá en conocimiento de aquellas empresas inscritas en el directorio que realicen la actividad o del servicio necesario para realizar el contrato menor. Y por último estas enviarán sus propuestas al consistorio con la mayor agilidad posible.

Consideramos que medidas como estas contribuirán al desarrollo local económico, ya que nuestro objetivo es que el Ayuntamiento informe de los contratos menores que va a licitar y de prioridad a la hora de adjudicar estos contratos menores a empresas que operan en Fuenlabrada, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.

 

 

Por todo ello, el Grupo Municipal de Ciudadanos Fuenlabrada presenta al Pleno municipal para su debate y aprobación los siguientes

ACUERDOS

 

-Instar a la Junta de Gobierno Local a:

1-.El Ayuntamiento de Fuenlabrada creará un registro municipal, directorio de empresa local, donde se recogerán todas aquellas empresas situadas en el municipio que deseen recibir información acerca de los contratos menores que se produzcan y participar en las licitaciones correspondientes.

2-. El Ayuntamiento enviará una carta o correo electrónico a las empresas que operan en la localidad con toda la información referida a este nuevo directorio de empresas locales.

3-. El Ayuntamiento se compromete a enviar siempre las ofertas de contratos menores a las empresas inscritas en dicho registro, sin perjuicio de lo establecido en la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Con el objetivo de aumentar la transparencia y dar mayor difusión de los contratos menores que licita el consistorio, habilitando un espacio en el directorio para que las empresas, si lo desean, soliciten formar parte del proceso de adjudicación y enviar sus propuestas. Todo ello manteniendo los principios de libre concurrencia amparados por la Ley.

4-. Habilitar un espacio en la web municipal para que la ciudadanía pueda consultar el listado de las empresas locales.

5-.El Ayuntamiento de Fuenlabrada se compromete, en la medida que sea posible, a priorizar la contratación de empresas locales sobre las foráneas, colaborando de forma directa en la generación de empleo dentro del municipio.